Testimonio sobre peritos «de parte»


Hemos recibido un testimonio de un hecho ocurrido durante un proceso penal sobre la imparcialidad de los peritos «de parte». Esperamos que os sirva de ayuda si os encontráis en una situación parecida. Desde el COIIPA queremos agradecer a Luis Enrique Hellín su colaboración al informarnos.

 

 

Buenos días al grupo.
Para vuestro conocimiento, muy importante tener en cuenta la siguiente STS. Reciemente el Fiscal, en un proceso penal comenzó interrogandome diciendo: «Vd es perito de parte ….» tratando de indicar que mi informe pericial no sería imparcial.
Solicité permiso a la Presidenta del Tribunal indicando que la pregunta del MF tenia dos partes, una insinuación de parcialidad en mi informe y luego la pregunta y si me autorizaba a responder ambas. Me autorizó y le expliqué al MF que en la Ley Procesal Penal no existe la figura del «perito de parte» y que aunque el procesado pague mis honorarios las funciones del perito son las de aportar al Tribunal los conocimientos científicos o artísticos de los que se supone carece y que lo contratado por el cliente era emitir informe sobre puntos técnicos concretos que interesaba a su defensa se pusieran de relieve al Tribunal no que certificara a su favor lo que podría ser contrario. La Presidenta hizo rectificar al Fiscal y este retiró la insinuación.
Encontré esta sentencia y os pongo el párrafo adecuado.
STS 1020/2009, Sala de lo Penal del TS, de 9 de octubre de 2009, en su Fundamento de Derecho Tercero, apartado 2.- declara:
«En efecto, no es acertado en primer lugar minusvalorar este dictamen tachándolo de informe de parte diciendo que por ser ésta quien satisface los honorarios del perito es impensable que pueda decir cosa distinta de lo que interesa al proponente de la prueba. No es admisible este modo de razonar porque una pericia no deja de ser tal porque sea la parte quien proponga la prueba y trayendo al proceso la opinión científica del experto que estime oportuno. Por otro lado el legitimo cobro de unos honorarios por el trabajo realizado no significa que el perito ponga en venta la verdad científica aceptando mentir en favor del proponente. Semejante suposición constituye una grave descalificación sin fundamento ni más apoyo que una injustificada desconfianza del Tribunal. Puede la Sala expresar otras razones, si las tiene, para rechazar el crédito o el rigor del informe, pero en modo alguno fundar aprioristicamente su descalificación por el hecho normal de que un profesional cobre legítimamente sus honorarios, que son la justa compensación de su trabajo, sin que por ello haya de tener una orientación torcida y falaz».
Saludos y buen fin de semana.
Luis Enrique Hellin

 

 

Podéis encontrar la sentencia completa aquí.