Sobre la Colegiación


Trámites de colegiación

Para colegiarse únicamente hay que rellenar el formulario del siguiente enlace.

Después nos pondremos en contacto contigo para realizar el resto de trámites y en cuanto se apruebe tu colegiación en la Junta de Gobierno recibirás una notificación.

¿Quién puede colegiarse?

El texto legal básico que conviene conocer por lo que se refiere a la colegiación es:
  • Ley del Principado de Asturias 5/2001 de 21 de mayo. Su artículo 2 establece que Podrán integrarse en el Colegio Oficial de Ingenieros en Informática del Principado de Asturias quienes se encuentren en posesión del título de Ingeniero en Informática, de conformidad con los Reales Decretos 1459/1990, de 26 de octubre, y 1954/1994, de 30 de septiembre.
Asimismo el Consejo General de Colegios Profesionales de Ingeniería en Informática decide por unanimidad en 2012 que:
  • El acceso a la condicion de colegiado debe producirse o bien por todos los criterios actuales existentes o bien para los nuevos titulados segun la formación del EEES actual, quienes tengan el titulo de Master en Ingeniería Informática, según su definición en la Resolución de 8 de junio de 2009, de la Secretaría General de Universidades, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que se establecen recomendaciones para la propuesta por las universidades de memorias de solicitud de títulos oficiales en los ámbitos de la Ingeniería Informática, Ingeniería Técnica Informática e Ingeniería Química, publicada en el BOE del 4 de agosto de 2009.

Según la información procedente de la ANECA en fecha 2 de junio de 2014, el único títulos de Máster impartido en el Principado de Asturias que cumple el BOE de 4 de Agosto de 2009 donde se establecen las recomendaciones para la verificación de títulos universitarios oficiales para el ejercicio de la profesión de Ingeniería Informática es el máster en ingeniería informática que se imparte en la Escuela Politécnica de Ingeniería de Gijón. Respecto al resto del estado puede consultarse qué másteres cumplen dicha definición en la ANECA o las agencias de evaluación autonómicas.

Cuotas

  • La cuota de inscripción es de 30 euros (no se paga la primera vez).
  • La cuota anual es de 105 euros, en tres recibos cuatrimestrales de 35 euros cada uno, a cobrar aproximadamente a finales de Abril, Agosto y Diciembre. Por decisión de la Junta de Gobierno, quienes se den de alta en 2015 sólo pagarán la mitad de las cuotas de ese año.

Descuentos

  • Las altas de nuevos colegiados pagarán el 50% de la cuota colegial durante el año 2015.
  • Las altas de nuevos colegiados tendrán un 100% de descuento en la cuota de inscripción.
  • Los dobles colegiados en CITIPA – COIIPA pagarán 90€ en lugar de los 105€ correspondientes a la cuota anual.
  • Las parejas (legalmente establecidas) de colegiados tendrán un 20% de descuento (cada miembro de la pareja) en la cuota colegial anual.
  • Los colegiados que estén en situación de desempleo tendrán un descuento del 50% en la cuota colegial.
  • Cada colegiado que consiga traer a un nuevo colegiado (apadrinamiento) tendrá un descuento del 20% en la cuota colegial durante un año.
  • Los colegiados que hayan obtenido su título académico durante el último año tendrán un 100% de descuento en la cuota colegial durante un año..
  • Los colegiados que colaboren activamente con el Colegio tendrán un descuento del 50% en su cuota colegial anual.

Sobre el COIIPA


Preguntas Frecuentes sobre el Colegio Oficial de Ingenieros en Informática del Principado de Asturias (COIIPA)

¿Qué es el Colegio?

El Colegio es una institución que agrupa a los Ingenieros en Informática de Asturias, los representa, los organiza, los protege, los ayuda a formarse y mejorar, y vela por un ejercicio adecuado de la profesión.

Su finalidad es atender las necesidades de los Ingenieros en Informática, tanto en el terreno institucional o jurídico como en el de la mejora profesional y humana. También pretende prestar un servicio a la sociedad velando por la calidad y profesionalidad en el ejercicio de nuestro trabajo y promoviendo el respeto de la deontología profesional.

¿Quién dirige el Colegio?

Desde marzo de 2015 la Junta de Gobierno del COIIPA tiene la siguiente composición:
  • José García Fanjul – Decano
  • Enrique Riesgo Canal – Vicedecano 1o
  • Darío Álvarez Gutiérrez – Vicedecano 2o
  • Isabel García Hernández – Secretaria
  • Marcos Palacios Gutiérrez – Tesorero
  • Fernando Martín Bernardo – Vocal
  • Claudio de la Riva Álvarez – Vocal
  • José Luis Vega Pardo – Vocal
  • Vicente García Díaz – Vocal
  • Aquilino A Juan Fuente – Vocal

Entre todos los miembros de la Junta de Gobierno coordinamos los servicios que el Colegio presta a colegiados y profesionales y podéis contactar con nosotros para cualquier tema. Para ello podéis utilizar las siguientes direcciones de correo electrónico:

¿Cuál es la sede del COIIPA?

Nuestra sede está en Oviedo y podéis consultar aquí nuestros datos de contacto completos. En el enlace anterior tendréis también siempre actualizados los horarios de atención al público.

¿Por qué un colegio? Yo estoy en contra de los colegios profesionales.

Ante esto, sin entrar en otros debates, se pueden aducir algunos hechos:

El primer hecho es que en España todos los ingenieros e ingenieros técnicos tienen un Colegio Profesional. Con sus aciertos y errores, los Colegios Profesionales representan a los profesionales en todos los ámbitos y, por tanto, como ingenieros en informática todos debemos tomar conciencia de que el Colegio Profesional es, hoy en día, una organización necesaria.

Según la Ley española, el ejercicio de una profesión está regulado por los Colegios Profesionales. Sin un Colegio Profesional, la ley ni siquiera reconocería que nuestra profesión existe, algo que creemos es perjudicial no sólo para nosotros como ingenieros en informática, sino para la sociedad en su conjunto.

¿Merecerá la pena pagar la cuota?

Los servicios que presta el Colegio (listas de peritajes, actividades de formación, etc.) beneficiarán más a unos colegiados que a otros en cada momento pero, dado lo reducido de las cuotas, creemos que sí. En cualquier caso, el Colegio es necesario para impulsar y defender a la profesión de manera global.

¿Qué pasa si trabajo fuera de Asturias? ¿Puedo colegiarme en Asturias? ¿Debo?

Sí que puedes colegiarte. El principio de colegiación única asegura que una vez colegiado en un lugar de España, puedas ejercer como profesional en cualquier otro lugar.

Respecto a las ventajas que reporta al colegiado que está fuera de Asturias, lógicamente el acceso a algunos de los servicios del Colegio puede resultar más difícil, aunque haremos todo lo que esté en nuestra mano para impulsar tu carrera como ingeniero allá donde ejerzas y colaborando con el resto de Colegios españoles.

¿No sería mejor acabar con todos los colegios profesionales?

Independientemente de que fuese mejor o no, hoy por hoy parece claramente un objetivo irreal.

La existencia del Colegio ¿significa que deberían dejar de poder trabajar en labores informáticas las personas no tituladas?

En absoluto. A día de hoy la profesión de ingeniero en informática no tiene atribuciones; esto quiere decir que a diferencia de colegios como el de médicos o el de abogados no es imprescindible estar colegiado para ejercer la profesión. No se trata de que el colegio obligue a las empresas a despedir a sus informáticos no colegiados; lo que se pretende es lo contrario, que la existencia del Colegio sea positiva para las empresas y los profesionales asturianos.

Un Colegio sin atribuciones no sirve para nada.

Sí que sirve. De todas las funciones que la ley asigna a un colegio, sólo la primera está relacionada con sus atribuciones. Aquí podéis consultar el resto:

  • Ejercer cuantas funciones les sean encomendadas por la Administración y colaborar con ésta mediante la realización de estudios, emisión de informes, elaboración de estadísticas y otras actividades relacionadas con sus fines que puedan serles solicitadas o acuerden formular por propia iniciativa.
  • Ostentar la representación que establezcan la leyes para el cumplimiento de sus fines.
  • Participar en los Consejos u Organismos consultivos de la Administración en la materia de competencia de cada una de las profesiones.
  • Estar representados en los Patronatos Universitarios.
  • Participar en la elaboración de los planes de estudio e informar las normas de organización de los Centros docentes correspondientes a las profesiones respectivas y mantener permanente contacto con los mismos y preparar la información necesaria para facilitar el acceso a la vida profesional de los nuevos profesionales.
  • Ostentar en su ámbito la representación y defensa de la profesión ante la Administración, Instituciones, Tribunales, Entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales y ejercitar el derecho de petición, conforme a la Ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3(2) del artículo 1º de esta Ley.
  • Facilitar a los Tribunales, conforme a las leyes, la relación de colegiados que pudieran ser requeridos para intervenir como peritos en los asuntos judiciales, o designarlos por sí mismos, según proceda.
  • Ordenar en el ámbito de su competencia la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares y ejercer la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial.
  • Organizar actividades y servicios comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial y de previsión y otros análogos, proveyendo al sostenimiento económico mediante los medios necesarios.
  • Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados, impidiendo la competencia desleal entre los mismos.
  • Adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional.
  • Intervenir, en vía de conciliación o arbitraje, en las cuestiones que, por motivos profesionales, se susciten entre los colegiados.
  • Resolver por laudo, a instancia de las partes interesadas, las discrepancias que puedan surgir sobre el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de los trabajos realizados por los colegiados en el ejercicio de la profesión.
  • Establecer baremos de honorarios, que tendrán carácter meramente orientativo.
  • Informar en los procedimientos judiciales o administrativos en que se discutan honorarios profesionales.
  • Encargarse del cobro de las percepciones, remuneraciones u honorarios profesionales cuando el colegiado lo solicite libre y expresamente, en los casos en que el Colegio tenga creados los servicios adecuados y en las condiciones que se determinen en los Estatutos de cada Colegio.
  • Visar los trabajos profesionales de los colegiados, cuando así se establezca expresamente en los Estatutos generales. El visado no comprenderá los honorarios ni las demás condiciones contractuales cuya determinación se deja al libre acuerdo de las partes.
  • Organizar, en su caso, cursos para la formación profesional de los postgraduados.
  • Facilitar la solución de los problemas de vivienda a los colegiados, a cuyo efecto, participarán en los Patronatos oficiales que para cada profesión cree el Ministerio de la Vivienda.
  • Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las Leyes generales y especiales y los Estatutos profesionales y Reglamentos de Régimen Interior, así como las normas y decisiones adoptadas por los Órganos colegiales en materia de su competencia.
  • Cuantas otras funciones redunden en beneficio de los intereses profesionales de los colegiados.

Estas funciones están otorgadas por ley. Como simple asociación, la ley no garantiza nada de esto. Perfectamente puede salir una ley que nos afecte sin que nadie nos informe ni mucho menos nos consulte; como Colegio, la cosa cambia.

Aparte de todo esto, lo cierto es que un Colegio sin atribuciones siempre puede recibirlas; un Colegio que no existe, no.

Y finalmente, no deja de ser importante otra cuestión: aunque el Colegio no impida el ejercicio de ciertas funciones por parte de otros profesionales, sirve para evitar que el ejercicio de ciertas funciones se nos impida a nosotros. Es decir, puede ser aún más importante la “defensa” que el “ataque”. Al existir el Colegio, existe obligación de informarlo de la nueva normativa que le afecte; si no existiese, no sería descabellado pensar que algún otro colectivo promoviese una ley que, por ejemplo, exigiese cierta titulación (no informática) para desempeñar funciones que nos corresponden, dejándonos efectivamente fuera de nuestras propias atribuciones.

¿No pueden sacar esto adelante sin mí?

No. En primer lugar, téngase en cuenta que todo lo que se ha hecho (mejor o peor) hasta ahora ha sido el fruto del esfuerzo de personas con nombres y apellidos; nada ha ocurrido por inercia ni “de regalo”, más bien al contrario.

En segundo lugar, lo que estas personas no pueden hacer por mucho que se esfuercen es “inventarse” la representatividad. El número de personas que forman parte del Colegio es FUNDAMENTAL. Difícilmente se nos tomará en serio si no tenemos un Colegio cohesionado y fuerte. Aunque no se haga más aportación que el mero hecho de colegiarse, esa ya es una aportación a favor del colectivo.

En tercer lugar, el número de colegiados está directamente relacionado con el peso que corresponde al Colegio en las decisiones que se toman en el Consejo de Colegios.

De todas formas, yo no quiero que un colegio me exprima con sus cuotas. Ya sé lo que paga un abogado o un médico por su colegiación.

Las cuotas de nuestro Colegio son mucho más bajas que las que pagan esos otros profesionales. Se pretende que el Colegio funcione de forma adecuada a los intereses de sus miembros, cubrir los gastos y en ningún caso asfixiarlos económicamente. Las cuotas fijadas desde la Asamblea Constituyente han sido siempre extremadamente ajustadas.

Convenios de Colaboración


Dentro de su ámbito de competencia, el COIIPA ha firmado convenios de colaboración con diferentes entidades con la finalidad de llevar a cabo proyectos conjuntos.

 

Convenio de colaboración firmado el día 20 de Septiembre de 2006, aspira a establecer una colaboración entre esta Universidad y el Colegio, sobre todo en lo relativo a la formación de postgrado y la integración de los titulados en Informática en el mundo laboral.

Decano del COIIPA y Vicerrector de la Universidad de Oviedo

El acto de firma tuvo lugar en el despacho de D. Miguel Ángel Comendador, Vicerrector de Convergencia Europea, Postgrado y Títulos Propios, y a él asistieron el Decano y el Secretario del COIIPA.

 

El acto de firma de este convenio se celebró en las dependencias de la AEAT en Uviéu/Oviedo el día 7 de Junio de 2006 y contó con la asistencia de D. Arturo Tuero Fernández, Delegado Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Asturias y D. Enrique Riesgo y D. Ramiro Concepción, Secretario y Vicedecano del COIIPA respectivamente.

El convenio habilita a todos los colegiados para la presentación telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en representación de terceros. Se trata de un convenio pionero, al ser el primero de este tipo que la AEAT firma con un Colegio Profesional en todo el Estado.

Tanto los documentos y declaraciones que se pueden realizar como los trámites a seguir se recogen en el documento que figura en la lista de anexos que encontrarás en la parte inferior de esta página.

Este convenio sienta las bases para futuras colaboraciones con la AEAT, de las que se irá informando a los colegiados.

 

 

El COIIPA se crea a partir de la asociación AII-Asturias y desde entonces siempre ha estado asociado a esta federación de Asociaciones con sede en Madrid.

Muchos de los Colegios de Ingenieros en Informática están asociados a AI2, como los de Castilla y León o Murcia, por ejemplo, sirviendo esta asociación como punto de encuentro y debate, a falta de que se cree un Consejo de Colegios de ámbito Estatal.

AI2 también dispone de este BLOG, en el que podéis obtener más información sobre las actividades de esta asociación.

 

 

Conveniu robláu’n data 12 de Xineru de 2006 nel llar social de l’Academia de la Llingua n’Uviéu.

La collaboración ente dambes entidaes podrá inxerir, ente otros, aspeutos como la realización de xornaes divulgatives, conferencies y seminarios, asina como l’entamu de cursos específicos, seminarios, meses redondes, etc., sobre temes d’interés nel ámbitu del espardimientu y normalización de la Llingua Asturiana nel mundu de les Teunoloxíes de la Información y les Comunicaciones; l’intercambiu d’información sobre les actividaes de dambes entidaes; aiciones de formación; afitar canales d’espardimientu y promoción de servicios y actuaciones col envís de concienciar a los titulaos n’Inxeniería n’Informática y a los Profesionales d’esti sector en xeneral sobre aspeutos rellacionaos cola Llingua Asturiana; …

 

 

Convenio de colaboración firmado el día 11 de Enero de 2006, aspira a proporcionar un marco de cooperación en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones con la Fundación CTIC (Centro Tecnológico de la Información y la Comunicación).

El objetivo es el de promover y estimular actividades conjuntas como realizar actividades de difusión, promoción, dinamización, formación, diseño, etc.

 

Convenio de colaboración firmado el día 4 de Enero de 2006, aspira a facilitar el acceso a las nuevas tecnologías para el colectivo de personas con discapacidad.

El acto de firma estuvo presidido por la Vicepresidenta de la Confederación Coordinadora Estatal de Minusválidos Físicos de España en Asturias, Da. Mónica Oviedo y por el Decano del COIIPA, D. Aquilino Adolfo Juan.

Se pretende trabajar en la eliminación de las barreras que los discapacitados encuentran al navegar por internet o utilizar aplicaciones informáticas de cualquier tipo.

 

 

 

Servicios a Empresas e Instituciones


Uno de los fines del Colegio es que la colegiación sea una característica profesional atractiva para las empresas. El Colegio colabora en la formación de sus miembros, tanto en un plano estrictamente técnico como profesional, además de velar por la deontología profesional y el ejercicio responsable de la profesión.

Además de eso, las empresas e instituciones pueden utilizar el Colegio como vía de contacto con los ingenieros en informática de Asturias. Por ejemplo, existe una lista de peritos a la que puede recurrir para obtener un dictamen o una opinión autorizada en materia informática; también es posible encontrar personal para trabajos específicos en el marco del ejercicio libre de la profesión.

Listas Profesionales

El Colegio dispone de una serie de listas de profesionales con la finalidad de cubrir una posible demanda de la Sociedad o una mera necesidad del propio Colegio. Estas listas profesionales están reguladas por una normativa interna del COIIPA, que da cumplimiento a algunos de los objetivos de creación del Colegio.

En la actualidad, el Colegio proporciona acceso a una bolsa de profesionales cualificados en los ámbitos de la pericial informática, la formación y la consultoría en materia de protección de datos entorno a 3 cuerpos profesionales:

  • Cuerpo Oficial de Peritos del Colegio Oficial de Ingenieros en Informática del Principado de Asturias
    • Lista de Peritos Judiciales
    • Lista de Peritos de Urgencia
    • Lista de Peritos del COIIPA
    • Listas de Peritos privadas
  • Cuerpo Oficial de Consultores en Materia de Protección de Datos del Colegio Oficial de Ingenieros en Informática del Principado de Asturias
    • Lista de Consultores en Materia de Protección de Datos
  • Cuerpo Oficial de Formadores del Colegio Oficial de Ingenieros en Informática del Principado de Asturias
    • Lista de Formadores

Para más información sobre estas listas, puede consultar la sección de Listas Profesionales.

Si desea un profesional cualificado en los ámbitos mencionados, le rogamos que contacte con el Colegio utilizando la información de contacto.

Bolsa de empleo

En caso de que una empresa desee publicar una oferta a través del Colegio, y no tenga ningún empleado colegiado, puede proporcionar al Colegio los datos de la oferta. Para ello, y utilizando la información de contacto, puede proporcionar los siguientes datos:

  • Nombre de la empresa que notifica la oferta.
  • Nombre de la empresa demandante (si es diferente de la anterior y se permite su publicación).
  • Descripción corta de la oferta de trabajo.
  • Descripción detallada de la oferta de trabajo.
  • Ubicación geográfica del puesto de trabajo (ciudad, CC.AA., país, movilidad, tele-trabajo, etc.).
  • Número de puestos disponibles.
  • Requisitos de los aspirantes (estudios, experiencia, residencia, conocimientos técnicos, idiomas, etc.).
  • Descripción del contrato (media jornada, jornada completa, indefinido, temporal, freelance, sueldo bruto/neto, etc.).
  • Documentación a presentar por los aspirantes.
  • Medios de contacto con la empresa (teléfono, e-mail, dirección, etc.).

Como mínimo deberá proporcionarse el nombre de la empresa desde la que se envía la oferta, una descripción corta de la oferta, algunos detalles sobre el puesto de trabajo, la ubicación geográfica, la documentación necesaria y algún medio de comunicación. No obstante, cuanta más información se proporcione, más interés despertará la oferta.

Una vez que el COIIPA haya recibido la oferta de la empresa, procederá al alta de la misma en su bolsa de de empleo.

Las ofertas de trabajo dirigidas al Colegio deberán ir destinadas a Ingenieros en Informática o titulados similares, absteniéndose de notificar ofertas que vayan explícitamente dirigidas a sectores profesionales incompatibles con esta profesión. Además, se dará preferencia total a las ofertas de trabajo ofertadas en Asturias, siempre que sea posible.