Nueva Junta de Gobierno del COIIPA


* Anuladas las Elecciones tras la retirada de la candidatura liderada por D. Ignacio González Alonso

* Los nuevos cargos electos tomarán posesión de los cargos en un plazo máximo de quince días

Los cargos electos quedan del siguiente modo:

Decano:        D. Ángel Retamar Arias
Vicedecano 1º:    D. Juan José Pérez Cabeza
Vicedecano 2º:    Da. Cristina Rodríguez García
Tesorero:    D. Pablo Muñiz García
Secretario:    D. José Manuel Félix Rodríguez
Vocal:        D. Alberto Sánchez Fontecha
Vocal:        D. Javier Nuño Rosal
Vocal:        D. Aquilino Juan Fuente
Vocal:        D. Benjamín López Pérez
Vocal:        D. Juan Ramón Pérez Pérez

Se recuerda que, según establece el artículo 49 de los Estatutos del COIIPA, los miembros elegidos deben tomar posesión de los cargos en un plazo máximo de quince días a contar desde hoy, momento en el que cesarán en los mismos los miembros de la Junta de Gobierno saliente.

Podeis conocer algo más de vuestros nuevos representantes en: https://coiipa.org/angelretamar/

Esta Junta de Gobierno para el mandato 2010-2014 surge, de nuevo, por aclamación, al no mantenerse la candidatura alternativa. No obstante, desde la Junta ya saliente queremos destacar lo siguiente:

1. Ha habido dos candidaturas a cargos principales.

2. Se han cubierto las vocalías mínimas que exigen los Estatutos del Colegio (en primera convocatoria formal).

3. Se estimaba, por parta de la Junta Electoral -y a tenor del interés manifestado en ejercer el derecho a voto por correo- una participación final no inferior al 25% del Censo de Colegiados.

En resumidas cuentas, todo lo anteriormente expuesto demuestra un interés, cada vez mayor, en las actividades del Colegio y un nivel de madurez (y fortaleza) que soporta (e incluso supera) cualquier comparación con otras organizaciones sociales similares.

Desde la Junta Saliente felicitamos a los ya electos y les deseamos mucha suerte para los años que les quedan de liderazgo de este proyecto.

Primeras Elecciones del Colegio de Ingenieros Informáticos en Asturias


  • El COIIPA celebra este mes sus primeras elecciones democráticas tras casi una década de historia
  • El COIIPA se constituyó el 20 de Septiembre del 2001 y tras dos Juntas de Gobierno por aclamación -sin candidatos alternativos-, el 29 de Marzo del 2010 elegirá entre dos opciones diferentes

Tras varios años de gestiones, el Gobierno del Principado de Asturias aprobó la Ley del Principado de Asturias 5/2001 de 21 de Mayo, publicada en el BOPA del 28 de Mayo, de creación del COIIPA.

El 20 de Septiembre de 2001 se celebró la Asamblea Constituyente, primer paso para conseguir que nuestra Profesión tome carta de naturaleza y se reconozca como tal en el conjunto de la Sociedad.

Durante su primer mandato, el equipo directivo emanado de esta Asamblea puso en marcha el Colegio y realizó los trámites necesarios para la aprobación de los primeros Estatutos del Colegio. Esta aprobación se produjo en el BOPA nº 153, del 3 de Julio de 2002.

A finales de 2002 se convocaron las primeras Elecciones, constituyéndose por aclamación -de forma unánime por candidatura única- la primera Junta de Gobierno que continuó la misma línea de trabajo que la anterior.

En 2006 se volvieron a convocar Elecciones, resultando en una importante renovación de la Junta de Gobiernode nuevo por aclamación– que ahora finaliza su mandato. Dicho mandato se caracterizó por un impulso a la visibilidad del colectivo profesional –en unos momentos especialmente críticos por los cambios de Bolonia y las controversias sobre la regulación profesional– así como por una potenciación de los cursos especializados y la elaboración de un Plan Estratégico, como guía de futuro.

El 29 de Marzo del 2010 se elegirá una nueva Junta para el tercer mandato (2010-2014) entre dos opciones diferentes.

Serán en la sede oficial del Colegio (C/La Lila, número 3, 2ºB, Oviedo) entre las 10:00 y las 14:00 horas.

Quien no pueda acudir y desee ejercer su derecho al voto, podrá solicitarlo a la Junta Electoral hasta el 16 de Marzo, siendo el 27 de marzo de 2010 la fecha límite para la recepción de votos por correo en la sede del COIIPA según el procedimiento al efecto.

 

La Junta Electoral está constituida por:

Presidente: D. Enrique Riesgo Canal
Vocal 1: D. Joaquín Gil de Vergara
Vocal 2: D. José Luis Vega Pardo
Vocal 3: D. José Javier Sigüenza
Vocal 4: D. David Melendi Palacio

Siendo su correo de contacto: junta_electoral@coiipa.org

 

Las dos candidaturas alternativas para los cargos principales están constituidas por:

 

Candidatura de D. Ignacio González Alonso
• Decano: D. Ignacio González Alonso
• Vicedecano 1º: D. David Menéndez Cistierna
• Vicedecano 2º: D. Pablo Pérez Fernández
• Tesorero: D. Silvino Fernández Alzueta
• Secretario: D. Alfonso Gutiérrez Gutiérrez

 

Web propuesta electoral: https://coiipa.org/ignaciogonzalez/

 

Candidatura de D. Ángel Retamar Arias
• Decano: D. Ángel Retamar Arias
• Vicedecano 1º: D. Juan José Pérez Cabeza
• Vicedecano 2º: Dña. Cristina Rodríguez García
• Tesorero: D. Pablo Muñiz García
• Secretario: D. José Manuel Félix Rodríguez
• Suplentes: D. Iván Arrizabalaga Getino y D. David Hernández Prieto

 

Web propuesta electoral: https://coiipa.org/angelretamar/

 


Las Vocalías quedan ya constituidas por los siguientes cinco miembros (mínimo exigido para la no celebración de un proceso electivo en dichos cargos individuales):

• D. Alberto Sánchez Fontecha
• D. Javier Nuño Rosal
• D. Aquilino Juan Fuente
• D. Benjamín López Pérez
• D. Juan Ramón Pérez Pérez


VOTADesde la Junta Electoral (y desde la Junta de Gobierno en funciones) animamos a todos los Colegiados a participar en estas primeras elecciones democráticas del COIIPA, así como a facilitar su difusión y la promoción del Colegio.

El Colegio Oficial de Ingenieros en Informática del Principado de Asturias (COIIPA) es el organismo oficial encargado de velar por el adecuado ejercicio de la profesión de la Ingeniería en Informática en Asturias, ofreciendo sus servicios tanto a los profesionales colegiados, como a la Sociedad en general, que es al fin y al cabo para quien estas corporaciones han sido constituidas.

Elecciones a la Junta de Gobierno año 2010


En las elecciones se sigue un procedimiento de Lista Mixta, de forma que los cinco cargos principales (Decano, Vicedecanos, Secretario y Tesorero) serán elegidos por medio de lista cerrada y los Vocales mediante lista abierta. Así, las candidaturas podrán ser de dos tipos:

  • Candidatura a Cargos Principales. Será una lista cerrada compuesta de los nombres de cada candidato y cargo al que opta, entre los de Decano, Vicedecanos Primero y Segundo, Secretario y Tesorero.
  • Candidatura a Vocal. Una lista abierta compuesta por el nombre del candidato a vocal.

Las candidaturas habrán de presentarse por escrito ante la Junta Electoral dentro de los tres días siguientes de la publicación del censo electoral definitivo, designando de entre sus componentes un representante ante la Junta Electoral, proclamando esta al día siguiente aquellas que reúnan los requisitos establecidos en los Estatutos del Colegio, dando publicidad de estos actos para el general conocimiento, y en particular a los colegiados.

Según los Estatutos del Colegio, los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos para ser elegibles:

  • Ser Colegiado.
  • No estar incurso en prohibición o incapacidad legal o estatutaria para la asunción de cargos públicos.
  • No encontrarse inhabilitado para el desempeño de cargos en la Junta de Gobierno como consecuencia de sanción impuesta por el órgano competente del Colegio, ni tener pendientes expedientes disciplinarios que pudieran conllevar ésta.
  • No desarrollar actividades declaradas en los estatutos del Colegio incompatibles con la ocupación de cargos en la Junta de Gobierno.
  • Poseer una antigüedad mínima de un año como colegiado, en caso de figurar como candidato a Vocal, y de al menos dos años si opta a cualquier otro cargo de la Junta de Gobierno.

Las elecciones tendrán lugar el lunes día 29 de Marzo de 2010 en la sede oficial del Colegio (C/La Lila, número 3, 2ºB de Uviéu/Oviedo) entre las 10:00 y las 14:00 horas.

El sorteo de la Junta Electoral se realizará el 24 de Febrero de 2010 en la sede oficial del Colegio (C/La Lila, número 3, 2ºB de Uviéu/Oviedo).

La documentación correspondiente al proceso electoral se encuentra en la tabla adjunta:

 

Normativa sobre Sociedades Profesionales


 

El 15 de junio de 2007 entró en vigor la Ley 2/2007, de Sociedades Profesionales. Esta ley regula la organización interna de las sociedades mercantiles cuyo objeto esté constituido por el ejercicio en común de una actividad profesional.

La sociedad profesional está prevista para las profesiones de carácter colegiado que actúen de forma individual o en forma societaria, ofreciendo sus servicios profesionales a través de un ente dotado de personalidad jurídica, titular de un patrimonio y que asume directamente derechos y obligaciones.

Siendo este ente quien entabla directamente la relación con el usuario, y prestando el profesional su actividad profesional mediante la sociedad. Siendo obligatorio su inscripción en el registro mercantil y registro profesional. Para garantizar con ello la responsabilidad derivada de la sociedad, así como del profesional actuante.

En esta página encontrarás la normativa sobre sociedades profesionales elaborada por el Colegio Profesional.

Para más información, puedes consultar la página dedicada a estas sociedades pinchando [AQUÍ].

Registro de Sociedades Profesionales


El 15 de junio de 2007 entró en vigor la Ley 2/2007, de Sociedades Profesionales. Esta ley regula la organización interna de las sociedades mercantiles cuyo objeto esté constituido por el ejercicio en común de una actividad profesional.

Una Sociedad Profesional es aquella que se constituye para el ejercicio en común de la actividad profesional. Se entiende como actividad profesional, aquella para la cual se requiere:

  • Titulación universitaria oficial o,
  • Titulación profesional para cuyo ejercicio sea necesario acreditar una titulación universitaria oficial
  • e inscripción en el correspondiente Colegio profesional.

Por actividad en común se entienden todos los actos propios de la actividad profesional ejecutados directamente bajo razón o denominación social y la imputación a la sociedad de derechos y obligaciones inherentes al ejercicio de la actividad profesional como titular de la relación jurídica establecida con el cliente.

No es una sociedad profesional:

  • La sociedad de medios, que tienen por objeto compartir infraestructura y distribuir sus costes
  • Las sociedades de comunicación de ganancias
  • Las sociedades de intermediación, que sirven de canalización o comunicación entre el cliente y el profesional

La Ley establece que la forma de la sociedad profesional puede ser cualquiera prevista por la legislación. Por ejemplo, una Sociedad Limitada pasa a ser Sociedad Limitada Profesional.

Si tienes dudas sobre la obligación o no de convertir tu empresa en sociedad profesional, puedes ver la guía elaborada por el Colegio (ver archivos adjuntos más abajo) o consultar los servicios jurídicos del Colegio ([VER])

Constitución y Publicidad:

El contrato fundacional de sociedad profesional se formaliza a través de escritura pública, que recogerá los requisitos de las normas de la forma societaria por la que haya optado la sociedad y como mínimo:

  • Identificación de los otorgantes
  • Colegio al que pertenecen y el número de colegiado
  • Actividad profesional, y objeto social
  • Persona que asuma la administración y representación.

La actividad podrá ser ejercitada bien directamente o a través de la participación de otra sociedad profesional. Su duración puede ser de duración indefinida o de tiempo determinado.

Para que la sociedad adquiera personalidad jurídica será inscrita en el registro mercantil, así como en todos los registros Profesionales, cuya actividad ejerza la sociedad. En el caso de ejercer varias actividades profesionales, se inscribirá en cada uno de ellos.

Resumen

La sociedad profesional está prevista para las profesiones de carácter colegiado que actúen de forma individual o en forma societaria, ofreciendo sus servicios profesionales a través de un ente dotado de personalidad jurídica, titular de un patrimonio y que asume directamente derechos y obligaciones.

Siendo este ente quien entabla directamente la relación con el usuario, y prestando el profesional su actividad profesional mediante la sociedad. Siendo obligatorio su inscripción en el registro mercantil y registro profesional. Para garantizar con ello la responsabilidad derivada de la sociedad, así como del profesional actuante.

Si tienes más dudas, descarga la guía elaborada por el Colegio en la tabla de archivos adjuntos.

Registro de Sociedades Profesionales del COIIPA

Los trámites de creación de la sociedad profesional están perfectamente definidos en la la Ley 2/2007, de Sociedades Profesionales. Estos trámites requieren la actuación puntual del Colegio, que ha habilitado los siguientes servicios en cumplimiento de lo recogido en la Ley:

  • Emisión de certificado de colegiación a efectos de inscripción de una sociedad profesional en el Registro Mercantil correspondiente
  • Gestión de inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del COIIPA
  • Emisión de certificado de inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del COIIPA

Para gestionar la inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del COIIPA debes entregar en la administración del Colegio la Instancia de Registro, el Anexo de Datos de la Sociedad y la Hoja de Datos Bancarios.

Además, deberás aportar una copia del contrato de sociedad profesional formalizado en escritura pública. Ante cualquier duda y para iniciar el proceso, contacta con nosotros.

La cuota de inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales y la cuota anual de las Sociedades Profesionales inscritas se revisa anualmente por los órganos colegiales y se deja registrado en el documento de Honorarios y Cuotas del COIIPA.

Para la emisión de los certificados puedes dirigirte a la administración del Colegio.

Enlaces de interés:

Seguros de Responsabilidad Civil


¿Qué es la Responsabilidad Civil?

Responsabilidad Civil es la figura legal que permite y obliga a indemnizar a un tercero perjudicado los daños que ha sufrido como consecuencia de la conducta negligente de una persona física o jurídica.

  • Art. 1902 CC : «El que por acción u omisión causa un daño a otro, interveniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado»
  • Art. 1903 CC : «La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no solo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quien se debe responder».
  • Art. 1904 CC : «El que paga el daño causado por sus dependientes puede repetir de éstos lo que hubiese satisfecho»

En un entorno social donde la cultura de la reclamación está aumentando considerablemente, en el que la rápida evolución de la tecnología dificulta estar al corriente de dicha evolución y que el volumen de trabajo es cada día mayor, se hace indispensable tener una protección de Responsabilidad Civil Profesional.

La armonización con las directivas europeas, nos lleva a su aplicación y en ellas se contempla la obligatoriedad de «todo licenciado que ejerza su profesión, tiene la obligación de tener un seguro de responsabilidad civil», en este sentido algunas Comunidades Autónomas como la de Cataluña ya están aplicando esta legislación, que también contiene el siguiente texto «las asociaciones y colegios profesionales, deberán facilitar a sus asociados y colegiados la contratación de dicha cobertura»

Acuerdo entre el COIIPA y la Mútua de Ingenieros de Cataluña

El Colegio Oficial de Ingenieros en Informática del Principado de Asturias ha llegado a un acuerdo de colaboración con la Mútua de Ingenieros de Cataluña, que a través de su correduría Serpreco, le ofrece una póliza colectiva de Responsabilidad Civil Profesional y la posibilidad de beneficiarse de las condiciones especiales de los productos de dicha Mútua ofreciéndolos a todos sus colegiados.

La Póliza de Responsabilidad Civil Profesional

La póliza incluye las siguientes coberturas principales:

  • Pago de indemnización, según capital contratado, como consecuencia de una reclamación cubierta por la póliza.
  • Gastos de defensa tanto por reclamaciones por vía civil como penal, así como las fianzas.

El objeto del seguro es el de cubrir las reclamaciones efectuadas por terceros a los asegurados, por los daños patrimoniales causados por un error o negligencia profesional en el ejercicio de su actividad como Ingeniero en Informática.

Capital Asegurado y Primas

Se pueden consultar en el documento de solicitud de adhesión a la póliza colectiva de responsabilidad civil profesional que se encuentra en la tabla de adjuntos más abajo. Las cuotas se satisfacen directamente al proveedor del Seguro, de forma que el COIIPA no participa en la gestión del cobro.

Contratación del Seguro

Para la contratación del seguro es necesario rellenar la solicitud de adhesión a la póliza colectiva de responsabilidad civil profesional que se encuentra en la tabla de adjuntos más abajo. La solicitud debe enviarse al COIIPA, que a su vez la enviará a Serpreco Correduría de Seguros, S.A.. El COIIPA solamente actúa como intermediario para garantizar que el solicitante es un miembro colegiado, pero no realiza ninguna otra gestión.

También es posible solicitar una valoración para la contratación de un seguro de empresa, enviando el formulario para proveedores de servicios informáticos. En ese caso, el formulario debe enviarse directamente a la Mútua utilizando la información de contacto que figura más abajo.

Información Adicional

Para cualquier información adicional, ponerse en contacto con La División de Empresas y Colectivos de la Mútua de ingenieros. Sres. Ferrer-Dalmau y Villamor:

  • Tel: 93-295.43.00
  • Fax:93-310.06.38
  • e-mail: informaticos@mutua-enginyers.com

 

Curso sobre Peritajes en Informática


El curso se impartirá en el laboratorio de Simulación de Redes del Departamento de Informática de la Universidad de Oviedo, situado en la planta segunda del módulo 6 de la Escuela de Peritos del Campus de Viesques en la ciudad de Gijón. El curso se imparte los días 22, 23, 29 y 30 de enero de 2010 en horario de viernes de 18:00 a 21:00 y sábados de 10:00 a 14:00.

El curso será impartido por D. Ángel Luis Bernal del Castillo, profesor del Departamento de Derecho Privado y de la Empresa de la Universidad de Oviedo y Director de la Escuela de Práctica Jurídica del Principado de Asturias; D. Xabiel García Pañeda y D. David Melendi Palacio, ambos profesores del Departamento de Informática de la Universidad de Oviedo y autores del libro «La peritación informática, un enfoque práctico», editado por el COIIPA, del que se entregará una copia a los alumnos del curso.

El curso seguirá la siguiente estructura:

  • Introducción al peritaje informático: Conceptos básicos sobre procedimientos judiciales; el perito informático: definición, responsabilidades y cualidades; el dictamen pericial; tipos de peritajes
  • Realización del informe pericial: Metodología para la elaboración de dictámenes periciales: selección y designación del perito, realización del presupuesto, aceptación, definición de los objetivos, análisis de la documentación, toma de pruebas, análisis de las pruebas, redefinición de objetivos, extracción de conclusiones, realización del informe/dictamen, visado del peritaje, entrega, preparación de la vista, declaración y cierre del caso
  • La vista oral: Declaración; tipos de abogados; técnicas para la vista oral
  • Introducción a Informática Forense
  • Casos Prácticos
  • Normativa: Recusación y tacha de los peritos, Normativa de ámbito general; Normativa del COIIPA (listas profesionales, peritajes, honorarios del perito, revisores de peritajes)

Debe recordarse que el curso de peritajes debe hacerse al menos una vez para poder figurar en las listas de peritos tanto del COIIPA como del CITIPA.

Para más detalles sobre el curso y sobre el proceso de inscripción puede consultarse el tríptico adjunto.